Nuevo Convenio Colectivo de Alojamientos de Gipuzkoa

11 Octubre 2022 Prevención Convenio alojamientos

El pasado 24 de agosto de 2022 fue publicado el Convenio Colectivo de Alojamientos de Gipuzkoa. Dicho convenio incluye, en su Capítulo IX, nuevas acciones relativas a la prevención de riesgos laborales en el sector.

A modo de resumen las nuevas acciones son:

1.- Establecer las planificaciones anuales de acción preventiva, cuyos objetos comunes y concretos sean la eliminación o reducción progresiva de los riesgos laborales, así como en la mejora de las condiciones de trabajo.


2.- Obligaciones específicas en materia preventiva en lo referente a las camareras de pisos:

      2.1.- Realizar antes del 23 de junio de 2023 un plan de actuación específico en materia preventiva para las camareras de pisos que deberá ser consensuado con el/la Delegado/a de Prevención de cada empresa o con el Comité de Seguridad y Salud, si lo hubiera.

      2.2.- El plan de actuación tendrá al menos los siguientes tres requisitos:

  • Medición de tiempos: Se realizará una medición de tiempos de trabajo en la realización de los trabajos encomendados en los controles diarios y en especial en la limpieza de las diferentes habitaciones, teniendo en cuenta lo siguiente:
    • Tamaño de habitación: habitación estándar, vip…
    • Estándares de limpieza: entrada, salida o repaso.
    • Equipos de limpieza, facilidad de manejo y ubicación de los mismos.
    • Tipología de cliente: usuario único, pareja o familia (camas extras).
  • Evaluación de riesgos Ergonómicos: se realizará la Evaluación de riesgos ergonómicos que incluya manipulación manual de cargas, movimientos repetitivos, posturas forzadas y/o mantenidas en el tiempo y empuje y arrastre de cargas, en función de las diferentes funciones que se realicen y de las condiciones y características de los recursos materiales o equipos que se deban utilizar
  • Medios materiales: Para la medición se tendrán en cuenta los medios materiales que dispone cada centro de trabajo (peso de los carros, sistemas hidráulicos en camas u otros que pudieran tener incidencia en el ritmo y las condiciones de trabajo), las opciones de utilizar equipos adecuados, así como las condiciones en las que se desarrolla el trabajo.

¿En qué puede ayudar Cei Prevención?

Desde Grupo Cei Prevención, una vez analizado lo establecido en el citado convenio, hemos diseñado un servicio a medida para que las empresas del sector puedan cumplir este apartado del convenio. El objetivo es que las empresas puedan desarrollar, de forma consensuada tal y como indica el convenio, el plan de acción en el plazo establecido.

Servicio a realizar:

1.- Evaluación de riesgos ergonómicos:

Esta evaluación se realizará tal y como establece la normativa vigente de prevención de riesgos laborales, así como lo que estipula el convenio sectorial.

En este sentido, y para el citado cumplimiento, se tendrán en cuenta la manipulación manual de cargas, movimientos repetitivos, posturas forzadas y/o mantenidas en el tiempo y empuje y arrastre de cargas, así como los medios materiales que dispone cada centro de trabajo (carros, sistemas hidráulicos en camas u otros) y el uso de los mismos.

La evaluación ergonómica propondrá una serie de medidas preventivas de mejora que podrán incluir desde pautas de tiempos, descansos, utilización de medios mecánicos para ciertas tareas, etc.

2.- Mediciones de tiempos:

Para la medición de tiempos de trabajo se tendrán en cuenta, por una parte, las características de la tarea/habitación (tamaño de habitación: habitación estándar, vip…; estándares de limpieza: entrada, salida o repaso; equipos de limpieza, facilidad de manejo y ubicación de los mismos; tipología de cliente: usuario único, pareja o familia, camas extras), y, por otra parte, los medios materiales que dispone cada centro de trabajo, las opciones de utilizar equipos adecuados, así como las condiciones en las que se desarrolla el trabajo.

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