IV Convenio Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (BOE 29 de diciembre de 2021)
Según el último Convenio del Metal, las empresas tienen la obligación de formar al 100% de su plantilla en Prevención de Riesgos Laborales.
- Las personas trabajadoras que acceden a obra y las que no acceden a obra tienen que tener formación según puesto y según oficio.
- La Inspección de Trabajo puede sancionar a las empresas que incumplan con la formación de Prevención de Riesgos Laborales.
Formación reciclaje Convenio Sector Metal
La formación en prevención de riesgos laborales es obligatoria para toda la plantilla y, recordamos, que esa formación se tiene que reciclar. La formación de reciclaje consiste en cuatro horas de formación que serán impartidas periódicamente cada cuatro años o cuando la persona trabajadora haya estado alejado del sector al menos durante un año de manera continuada.
La formación tendrá una duración mínima de 4 horas y se impartirá de manera presencial, si bien se permitirá la modalidad de teleformación para las acciones de reciclaje de directivos y personal de oficina.
Formación Convenio Metal
En Cei Prevención contamos con una amplia oferta de cursos de Prevención de Riesgos Laborales y también realizamos cursos ad hoc para cada empresa.
Cei Servicio de Prevención ha completado el proceso de verificación de la Homologación y por tanto, se encuentra acreditada ante la FMF para impartir los contenidos solicitados en materia de Prevención de Riesgos Laborales en los cursos específicos del sector metal establecidos en el capítulo XVII y Anexo II del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal con ámbito territorial ESTATAL y nº de expediente M1109170030.